Restricciones circulación 2024 DGT

El 31 de enero se publicó en el BOE la Resolución de 24 de enero de 2024, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2024, todas ellas sin perjuicio de las restricciones temporales que, en su caso, puedan imponerse, excepto para las Comunidades Autónomas de Cataluña, País Vasco y Comunidad Foral de Navarra que por tener transferidas las competencias en materia de tráfico pueden aplicar sus propias restricciones.

Las restricciones comunes por fechas y en todas las carretas a todos los vehículos serán:

  • Los domingos y los días festivos de ámbito nacional o de ámbito autonómico, desde las ocho hasta las veinticuatro horas dentro de la circunscripción correspondiente, nacional o de Comunidad Autónoma.
  • Los miércoles o jueves vísperas de días festivos de ámbito nacional, desde las dieciséis hasta las veinticuatro horas

Para el transporte de mercancías peligrosas por fecha, en todas las carreteras:

En el ANEXO III aparece la relación de mercancías peligrosas que están exentas a las restricciones.

En el ANEXO IV podemos consultar la Red de Itinerarios por Comunidad Autónoma para Mercancías Peligrosas (RIMP).

En el ANEXO V se indican las restricciones por fecha en determinadas carreteras.

Se puede acceder a la información completa en el siguiente enlace:

RESTRICCIONES CIRCULACION 2024 DGT

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