MANA, Formadores y Consultores, S.L.

Consejero de seguridad (ADR)

Somos consejeros de seguridad externos, ofrecemos apoyo a las empresas en la expedición y en el transporte de mercancías, en el embalado,  carga, llenado y descarga, asociadas a estos transportes para cumplir con la normativa de mercancías peligrosas.

Elaboramos informes de asesoramiento, formamos al personal trabajador, solventamos  las dudas o problemáticas planteadas en el transporte de mercancía peligrosas.

¿Cuándo es necesario el consejero de seguridad? ¿Necesita mi empresa un consejero de seguridad? ¿Qué es un consejero de seguridad de mercancías peligrosas ADR?¿Qué empresas deben designar consejero de seguridad? Tengo un depósito de gasóleo, ¿Necesito consejero de seguridad? Somos expedidores de mercancías peligrosas ¿Tenemos que tener un consejero de seguridad?

¿Quiénes son nuestros clientes?

Damos el soporte de consejero de seguridad a diferentes sectores industriales y de servicios lo que nos permite adquirir un amplio conocimiento y transmitirlo día a día a nuestros clientes. La mayoría de nuestros clientes son empresas:

01 Químicas

Dedicadas a la fabricación y distribución de sustancias y mezclas de sustancias peligrosas.

02 Automoción

De fabricación de componentes de automoción: fundición de hierro y de aluminio, estampación en frío y en caliente, al mecanizado,…

03 Recubrimientos industriales

Dedicados a la corrosión, la abrasión y el ataque químico.

04 Impresión

Litografía y serigrafía.

05 Obras y construcción

06 Transporte

06 Transporte

Transportes de productos de sustancias y mezclas de sustancias peligrosas en bultos, en cisterna y a granel, de hidrocarburos, …

07 E.T.A.P. y E.D.A.R.

07 E.T.A.P. y E.D.A.R.

Estaciones de tratamiento de aguas potables (E.T.A.P.) y las estaciones de depuración de aguas residuales (E.D.A.R.).

08 Gasolineras

08 Gasolineras

De estaciones de servicio de hidrocarburos (gasolineras).

09 Transporte público y privado

09 Transporte público y privado

10Centros tecnológicos

10Centros tecnológicos

¿Por qué es necesaria la figura de consejero de seguridad en las empresas?

Desde el 1 de enero de 2000, con la incorporación de la Directiva 96/35/CE del Consejo, de 3 de junio de 1996, relativa a la designación y a la cualificación profesional de consejeros de seguridad para el transporte por carretera, por ferrocarril o por vía navegable de mercancías peligrosas, en el artículo 1, las empresas:

“tomarán las medidas necesarias para que las empresas cuya actividad implique el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable, o bien las operaciones de carga o descarga ligadas a dichos transportes, designen, a más tardar el 31 de diciembre de 1999, uno o varios consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas encargados de contribuir a la prevención de los riesgos para las personas, los bienes o el medio ambiente, inherentes a dichas actividades”(Directiva 96/35/CE)

Con los cambios normativos producidos hasta la fecha, actualmente cualquier empresa cuya actividad comporte la expedición o el transporte de mercancías peligrosas por carretera, o las operaciones de embalaje, de carga, de llenado o de descarga relacionadas con éstos transportes, excepto aquéllas que se vean afectadas por algún tipo de exención en las condiciones y cantidades previstas en el ADR, designará uno o varios consejeros de seguridad, para el transporte de mercancías peligrosas, encargados de ayudar en la prevención de riesgos para las personas, los bienes o el medio ambiente, inherentes a estas actividades.

¿Qué servicios ofrecemos a nuestros clientes como consejero de seguridad externo?

Nuestros servicio como consejero de seguridad en el transporte de mercancías peligrosas por carretera es un pack completo donde se incluye la designación como consejeros de seguridad ante la administración, identificar las operaciones que realizan, auditoría a las actividades (expedición, transporte, carga, llenado y descarga), consultoría a todas las cuestiones que se planteen, informar de los cambios normativos y sesiones formativas al personal relacionado con la actividad de la empresa: expedición, embalado, carga, llenado, descarga y transporte.

Servicios ofrecidos con la designación como consejeros de seguridad:

  • Las labores a desarrollar para dar cumplimiento a la normativa aplicable: al ADR (en vigor) y al el Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español, sobre consejeros de seguridad (RD 97/2014).
  • Los técnicos de MANA, Formadores y Consultores S.L. asumirán la figura de consejero de seguridad externo de mercancías Peligrosas por carretera, y sus funciones están reguladas en el ADR (en vigor) y en el RD 97/2014.
  • Preparar el comunicado ante la administración para la designación de consejero.
  • Analizar la documentación que dispone la empresa o en su caso confeccionarla (procedimientos, instrucciones operativas, cartas de porte, listas de comprobación, etc.) para adaptarla a las exigencias del ADR en vigor y al RD 97/2014, así como a la Ley y al Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT)
  • Realizar inspecciones/auditorías en las diferentes áreas de actividad de la empresa.
  • Informar a la empresa de aquellos aspectos claves relacionados con los cambios normativos que se publiquen, introduciendo dichos cambios en la documentación.
  • Consultoría a la empresa en los aspectos relacionados con la materia.
  • Seguimiento de las actividades relacionadas con las mercancías peligrosas. Se realizará visita inicial y una visita anual, como mínimo, para evaluar el grado de cumplimiento de la normativa aplicable al transporte de mercancías peligrosas por carretera.
  • Cotejar periódicamente con los responsables de las secciones involucradas en las operaciones, que se cumplen las reglas aplicables la expedición o el transporte de mercancías peligrosas por carretera, o las operaciones de embalado, carga, llenado  y descarga relacionadas con estos transportes de mercancías peligrosas.
  • Colaborar y atender a los requerimientos de los servicios de inspección del transporte cuando sean requeridos en la empresa.
  • Responder con diligencia vía e-mail o teléfono a consultas sobre dudas que puntualmente se presenten.
  • Sesiones formativas al personal implicado en la expedición o el transporte de mercancías peligrosas por carretera, o las operaciones embalado, carga, llenado y descarga relacionadas con estos transportes de mercancías peligrosas.
  • Investigar los accidentes que ocurran en las operaciones carga, llenado, descarga y transporte de mercancías peligrosas y redactar el parte de accidentes en los casos previstos en el ADR.
  • Confeccionar el informe anual.
  • Comprobar si es de aplicación o si la empresa dispone del plan de protección de mercancías de alto riesgo.
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